Victor Manuel Rebolledo

" Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 274 y 276 del Código de Procedimiento Penal, se declara:

Que SOMETO A PROCESO y sujeto a prisión preventiva a VÍCTOR MANUEL REBOLLEDO GONZÁLEZ, como autor del delito de soborno establecido según el numeral 1° de esta mismo resolución.

De conformidad al artículo 380 del Código de Procedimiento Penal, despáchese mandamiento de embargo en su contra para cubrir las costas y gastos que pueda ocasionar este juicio al Estado y las multas procedentes, hasta por la suma de 100.000.000 (cien millones de pesos).

Notifíquese, comuníquese y dése cumplimiento de prontuariarle. Atendido el mérito de los antecedentes y existiendo diligencias pendientes (fs. 2.132) que hacen estrictamente indispensable, para su éxito, la prisión del procesado VÍCTOR MANUEL REBOLLEDO GONZÁLEZ, no se hace lugar a concederle, por ahora, su libertad provisional.

Rol 56.042
"

Así fue la resolución de don Carlos Aránguiz Zúñiga, Ministro en Visita Extraordinaria.

¿Dónde estás y qué haces hoy, Victor Manuel?
Posted on sábado, febrero 08, 2003 by El Autor and filed under | 2 Comments »

2 comentarios:

Anónimo dijo... @ 19 de diciembre de 2008, 16:08

REBOLLEDO ESTAI DENTRO DE LOS CHANTAS Y SINVERGUENZAS DE ESTE PAIS

Anónimo dijo... @ 19 de junio de 2009, 10:26

Menos mal que la mano que le queda es para las coimas, quizás la otra la hubiera usado para robar.

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